De que debemos hacernos responsables.

Este articulo está escrito con la intención de aclarar, en lo posible, lo que en caso de una reclamación de un cliente debería estar cubierto por la compañía que ofrece el servicio de aparcacoches. Hay que distinguir dos tipos principales de servicios el gratuito y el de pago.

El servicio gratuito que se realiza en la vía pública o en un recinto, donde no nos cobran nada por el estacionamiento, deben hacerse cargo de:

La pérdida de las llaves, poniendo a disposición del cliente un transporte para ir a por la copia de la llave, llevarlo de nuevo donde está el vehículo y abonando la copia de la misma, solo la del automóvil si junto a esta se encontraban las de casa es responsabilidad del cliente no del servicio ya que la llave del vehículo debe entregarse sola. Si la llave se ha quedado dentro del vehículo se debe elegir entre la opción anterior o abrir el vehículo haciendo se cargo de la reparación de los desperfectos causados por esta abertura, la compañía prestataria del servicio.

Los daños causados al vehículo del cliente y terceros estarán cubiertos por la póliza del propio automóvil, el parte se realizara con los datos de este y los del conductor, en el supuesto de ser una negligencia debería ser compensado el propietario del vehículo, aunque no está obligado el prestatario del servicio.

Las multas que pongan al coche por mal estacionamiento, será responsabilidad de la persona que deposita el vehículo, el cliente (hay que demostrarlo, una foto con el móvil es suficiente), siempre que lo haya dejado mal estacionado. Si el cliente deposita el vehículo bien estacionado las multas por mal aparcamiento o por la hora serán responsabilidad de la compañía prestataria siempre que no se indique lo contrario.

Cualquier objeto de valor sea del vehículo o ajeno, daños causados por terceros o sanciones si el cliente ha dejado el coche mal estacionado, no serán responsabilidad de la empresa prestataria a no ser que se indique lo contrario por escrito, en un cartel visible o en el recibo que se debe entregar al cliente con los datos de la empresa prestataria y las condiciones.

El servicio de pago es aquel que por el deposito del vehículo se cobra un importe y se entrega la llave a un empleado de la compañía para que muevan el coche, este servicio debe hacerse cargo de:

Los seguros contratados deben cubrir los daños estructurales del vehículo y las responsabilidades civiles según la ley 40/2002, robo del vehículo o de los objetos no movibles del mismo, incendio, etc. La empresa que recepciona el vehículo, la depositaria, al quedarse con las llaves del automóvil debe hacerse cargo de:

La perdida de las llaves, poniendo a disposición del cliente un transporte para ir a por la copia de la llave, llevarlo de nuevo donde esta el vehículo y abonando la copia de la misma, solo la del automóvil si junto a esta se encontraban las de casa es responsabilidad del cliente no del servicio ya que la llave del vehículo debe entregarse sola. Si la llave se ha quedado dentro del vehículo se debe elegir entre la opción anterior o abrir el vehículo haciendo se cargo de la reparación de los desperfectos causados por esta abertura la compañía prestataria del servicio.

Los daños causados al vehículo del cliente y a terceros, serán cubiertos por el seguro obligatorio del vehículo, si son por negligencia del personal la compañía debería abonar los daños del coche del cliente o una indemnización.

Las multas que pongan al coche por mal estacionamiento, será responsabilidad de la persona que deposita el vehículo, el cliente siempre que lo haya dejado mal estacionado. Si el cliente deja bien estacionado el coche o en las instalaciones de la compañía las multas por mal aparcamiento o cualquier otra sanción, mientras este a cargo de la empresa, serán responsabilidad de la compañía prestataria, siempre que no se indique lo contrario.

Los daños que se excluyen son:

  • Rotura o mal funcionamiento de piezas de desgaste, como los mecanismos de las ventanillas, embrague, turbos, piezas del interior del vehículo como ceniceros, mandos de ventanillas, incluso la cerraduras o las llaves. Hay que tener en cuenta que los vehículos tienen una garantía del fabricante y una vez trascurrida esta no hay aseguradora que cubra el fallo, mal funcionamiento o rotura de cualquier pieza del automóvil.
  • Piquetes y/o grietas en lunas y grupos ópticos, estos desperfectos los pueden traer el vehículo o producirse en su traslado, no por causas imputables al conductor, ademas el propio coche en su póliza, aunque sea a terceros se hace cargo de las grietas en las lunas, que en la mayoría de las ocasiones se producen por cambio de temperatura o precisión que afecta a un desperfecto de la luna del automóvil. La rotura con desprendimiento, se halla producido por un robo, colisión (causada por el conductor no por un tercero) debe cubrirla la compañía.

Desperfectos en pintura que no sean provocados por daños estructurales. No se cubren pequeños arañazos, piquetes, en general pequeños desperfectos que no sean apreciables por la suciedad del automóvil o causados por daños estructurales. Los daños como roces contra columnas, paragolpes hundidos, deformados, desplazamiento o perdidas de piezas, como catadióptricos, tapacubos, etc, si deberían ser cubiertos por la compañía

Daños en los bajos del vehículo, en los spoiler, alerones, faldones y los que no sean apreciables por la suciedad del mismo.

La empresa no se hace responsable de los accesorios fijos y/o extraíbles así como los objetos que se encuentran en el interior del vehículo, si su existencia no ha sido comunicada al personal de la compañía, verificada a su recepción, y en su caso, su funcionamiento. Considerando expresamente que no se ha dejado en el vehículo accesorio u objeto alguno en caso de no declararse. Si se deja algún objeto de valor dentro del vehículo, es responsabilidad del cliente informar al personal de la empresa prestataria del servicio y si esta se hace cargo, se debe indicar en el contrato de depósito.

Los daños por causas de fuerza mayor (granizada, atentados, desastres naturales y los que así considere la compañía aseguradora) están excluidos.

Si el cliente no espera, en la recepción del vehículo, a la realización del parte de daños, por el personal de la compañía prestataria, dará por conforme el realizado por el personal de la misma. Es muy aconsejable cuando se deposita un vehículo realizar fotos del estado del mismo.

Después de la retirada del vehículo por el propietario o usuario del mismo, no se admitirán quejas o reclamaciones, por lo que se debe revisar el automóvil, antes de la retirada de la custodia de la empresa.

Esperamos haber aclarado lo máximo posible este complicado asunto, que al no haber una legislación específica sobre la profesión de aparcacoches, causa desacuerdos entre el profesional y el cliente cuando surge algún desacuerdo. Si después de haber leído este articulo tiene alguna duda, pregunta o sugerencia, ponga se en contacto con nosotros por favor.

A continuación ponemos algunas fotos como ejemplo de los daños descritos anteriormente y una carta de un servicio oficial indicando las coberturas de las garantías de un vehículo nuevo para que comprendamos que si una marca no da una garantía total de un coche que ellos han producido, un servicio de aparcacoches o de conductores no puede asumir unos desperfectos que ni siquiera la garantía oficial cubre.

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